
A lo largo de varios post, hemos querido aportar información relevante sobre la Ley de la Dependencia. Consideramos importante que sepas todo lo referente a este ámbito, ya que es uno de los servicios más demandados en la actualidad. Además de explicar anteriormente qué es, cuáles son sus grados o los requisitos para solicitar el cheque servicio de la Comunidad de Madrid, hoy vamos a informarte acerca de las ayudas de la Ley de Dependencia y el servicio de ayuda en el domicilio (SAD). ¡No pierdas detalle!
Servicio de Ayuda en el domicilio (SAD)
Este servicio se puede definir como el conjunto de actuaciones llevadas a cabo en el domicilio de las personas en situación de dependencia con el fin de atender las necesidades de la vida diaria, prestadas por entidades o empresas, acreditadas para esta función.
¿Qué servicios ofrece?
- Atención doméstica: limpieza, lavado, cocina u otros. Estos servicios sólo podrán prestarse conjuntamente con los de atención personal, y como máximo podrán suponer el 50% de la intensidad horaria total del servicio.
- Atención personal: vestido, calzado, alimentación, aseo e higiene, movilización y traslado dentro del hogar, actividades de la vida diaria necesarias, administración de medicamentos.
- Intensidad: se establecerá en el Programa individualizado de Atención (PIA) y se determinará el número de horas mensuales según el grado de dependencia.
COMPATIBILIDAD: Sólo es compatible con el servicio de teleasistencia y con los servicios de prevención de las situaciones de dependencia y de promoción de la autonomía.
En Ángeles Custodios de Madrid, atendemos cada caso de manera individualizada, personalizamos todos los servicios y nos ocupamos de las personas mayores como si fueran parte de nuestra familia, prestando especial atención al vínculo personal.
Identificamos sus necesidades, valoramos su situación y trabajamos para conseguir que se sientan acompañados, queridos y atendidos en cualquier momento, prestando un servicio SAD de CALIDAD.
Ayudas de la Ley de Dependencia: Cuantía de las ayudas
En lo que respecta a las ayudas de la Ley de Dependencia, es importante destacar que, la cuantía de esta prestación económica varía de 300 € a 715,07 euros mensuales, en función del Grado de Dependencia, para las nuevas solicitudes.
A los beneficiarios reconocidos en Grado I de dependencia la cuantía de la prestación será la cuantía máxima establecida para su grado de dependencia. A los beneficiarios reconocidos en Grado II y Grado III de dependencia, la cuantía de la prestación económica será la máxima establecida para su grado de dependencia cuando su capacidad económica sea igual o inferior al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), en cómputo anual, correspondiente al ejercicio en el que se reconoce el derecho a la prestación.
En los demás casos, se determina siguiendo unas fórmulas que relacionan el coste del servicio mensual, la capacidad económica del personal y la cantidad de gastos personales de cada usuario.
No obstante lo anterior, una vez aplicada la fórmula, la cuantía de la prestación será de, al menos, el 60% de la cuantía máxima establecida para su grado de dependencia, sin que en ningún caso pueda ser inferior a la cuantía máxima reconocida para el grado I de dependencia.
Las cuantías máximas para la prestación económica vinculada a la adquisición de un servicio son las siguientes:
- Grado III o Gran dependencia: 715,07 euros/mes.
- Grado II o Dependencia severa: 426,12 euros/mes.
- Grado I o Dependencia Moderada: 300 euros/mes.
A la prestación económica vinculada al servicio y la de asistencia personal, en los supuestos en que el beneficiario sea titular de cualquier otra prestación de análoga naturaleza y finalidad establecida en otro régimen público de protección, se deducirán del importe a reconocer las prestaciones siguientes:
- Complemento de gran invalidez.
- Complemento de la asignación económica por hijo a cargo mayor de dieciocho años, con un grado de discapacidad igual o superior al 75%.
- Complemento de necesidad de otra persona de la pensión de invalidez no contributiva.
- Subsidio de ayuda a tercera persona.
- Cualquier otra prestación económica de análoga naturaleza y finalidad concedida por otros regímenes públicos equivalentes al de la Seguridad Social.
Ya conoces la información más destacada en cuanto a las ayudas de la Ley de Dependencia y el servicio de ayudas al domicilio (SAD). No obstante, en Ángeles Custodios te ofrecemos la posibilidad de acompañarte y asesorarte durante todo el proceso, además de ayudarte a llevar a cabo todos los trámites necesarios.