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Requisitos del Cheque Servicio de la Comunidad de Madrid

Requisitos del Cheque Servicio de la Comunidad de Madrid

En este post te contamos cuáles son los requisitos y la documentación que necesitas para solicitar el cheque servicio de la Comunidad de Madrid.

Ángeles Custodios de Madrid es una empresa de atención socio-sanitaria reconocida y autorizada por la Comunidad de Madrid con el nº de registro 4569, cuya prestación de servicios está vinculada a lo que comúnmente se conoce como “cheque servicio”, por el cual se otorgan las ayudas a la dependencia.

Cheque Servicio de la Comunidad de Madrid: Trámites

Para pedir el cheque servicio de la Comunidad de Madrid, debes saber que se requiere aportar bastante documentación: desde información relativa a la residencia en la Comunidad de Madrid, DNI, informe médico realizado por un médico colegiado, a otros documentos según sea tu situación. Todo esto conforme a lo que regula el artículo 28.7 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas.

Esta solicitud puede ser presentada en los Servicios Sociales del Ayuntamiento de la localidad donde se encuentra el empadronado, además dicha solicitud puede ser presentada por Internet o a través de la Dirección General de Dependencia de la Comunidad de Madrid. Si estamos hablando de Madrid, pues la solicitud será presentada en los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Madrid.

Los requisitos para acceder a los servicios o prestaciones contenidos en la Ley de la Dependencia son los siguientes:

  • Obtener la puntuación necesaria para recibir el reconocimiento de persona en situación de dependencia en alguno de los 3 grados establecidos.
  • Residir en territorio español y haberlo hecho durante 5 años, de los cuales 2 deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. La persona que solicite el reconocimiento de la situación de dependencia deberá estar empadronada y vivir en un municipio de la Comunidad Autónoma de Madrid.
  • Para los menores de 5 años el periodo de residencia se exigirá a quien ejerza su guarda y custodia.
  • Respecto de las personas emigrantes retornadas, deberán probar el periodo de residencia de 5 años en otro país mediante certificado emitido por el consulado español en dicho país o a través de certificado del padrón de españoles residentes en el extranjero (PERE).
  • Las personas que reuniendo los requisitos anteriores no tengan nacionalidad española se regirán por lo establecido en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, así como los tratados internacionales y en los convenios que se establezcan con el país de origen. En el artículo 14 se establece que las personas extranjeras con residencia legal en España tendrán derecho a los servicios y a las prestaciones sociales, tanto a los generales y básicos como a los específicos, en las mismas condiciones que las personas de nacionalidad española.

Si necesitas cualquier información referente al cheque servicio de la Comunidad de Madrid, en Ángeles Custodios estaremos encantados de darte el asesoramiento que precises.

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